El registro de certificados energéticos en Aragón

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El registro de certificados energéticos en Aragón

El registro de certificados energéticos en Aragón se pone en funcionamiento

Con casi un año de retraso respecto al resto de comunidades autónomas, el registro de certificados energéticos de Aragón se ha abierto en el día de hoy, siendo la última comunidad en disponer de él. Cómo hemos comentado en otras ocasiones, esta situación estaba fomentando en incumplimiento de la normativa sobre certificación energética entre muchos propietarios de inmuebles a la venta o en alquiler, además de dar pié a que muchos técnicos de dudosa profesionalidad ofreciesen servicios de certificación energética de muy dudosa solvencia.

Estas situaciones parece que tienen los días contados al haberse puesto en marcha hoy el registro de certificados energéticos de Aragón. Ya es posible registrar el certificado energético en Zaragoza, Huesca y Teruel, así como en el resto de municipios donde la DGA dispone de oficinas y cumpliar al fín con todas las obligaciones incluidas en el RD 235/2013, de certificación energética.  Debe tenerse en cuenta que no solo se debe disponer del certificado energético cuando vayamos a alquilar o vender nuestro inmueble, si no que se debe también registrar en la administración autonómica, concretamente en el caso de Aragón en la Dirección General de Energía y Minas.

Registro de certificados energéticos en Aragón

Cómo registrar la certificación energética en Aragón

El Gobierno de Aragón publicó hace unos días en el Bolegín Oficial de Aragón el Decreto 46/2014, de 1 de abril del Gobierno de Aragón mediante el se regula el certificado energético en Aragón. No hay grandes diferencias respecto a lo ya definido en el RD 235/2013, que legislaba la certificación energética en España, pero sí que existen detalles particulares que exponemos a continuación.

Lo más importante es que los propietarios disponen, a partir de hoy, de un mes para registrar sus certificados de eficiencia energética , contando a partir de la fecha de expedición del certificado energético por el técnico. Si en dicho plazo el propietario no ha incorporado su certificado al registro de certificados energéticos de Aragón se deberá expedir uno nuevo. Otro hecho destacable es que, por ahora, no existe la opción de registro telemático, siendo obligatoria la inscripción presencial. La DGA está trabajando en una herramienta informática para poder tramitar el registro del certificado energético en Aragón a través de internet, y mientras tanto, a modo de ayuda, ha habilitado una  página web donde los propietarios pueden introducir sus datos para cumplimentar los impresos de solicitud de registro y posteriormente imprimirlos y acudir con un ejemplar de su certificado energético. a la oficina del Registro General más cercana. El Gobierno de Aragón recomienda el uso de esta web porque los documentos así generados incorporan información impresa que será leida por los funcionarios del registro haciendo uso de un lector óptico facilitando enormemente la introducción de datos en la base de datos del registro.

A los certificados de eficiencia energética realizados antes de que el registro entrase en funcionamiento se les otorga un plazo de 12 meses para realizar la inscripción en el registro de certificados energéticos de Aragón, aunque desde BS Asesores Energéticos recomendamos que lo hagan cuanto antes para aprovechar que el registro del certificado energético de Aragón va a ser inicialmente gratuito y no será necesario el pago de tasa alguna. Es de destacar que casi todas las comunidades autónomas permitieron inicialmente la inscripción gratuita en el  registro de certificados energéticos para pasar poco después a cobrar tasas que en algunos casos alcanzan los 29 €.

Dónde registrar el certificado energético en Aragón

La tramitación presencial de la inscripción en el registro del certificado energético en Aragón oblig a los propietarios a acudir a la oficina del Registro General de DGA más cercana a su domicilio. Alternativamente pueden registrar su certificado energético en cualquier registro de cualquier administración pública, conforme  a lo previsto en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
La creación del registro de certificados de eficiencia energética de Aragón seguramente dará fin a las situaciones anteriormente comentadas, pero la imposibilidad de tramitación telemática de la solicitud de inscripción es un nuevo problema que en nada ayuda  la implantación del certificado energético en Aragón.
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