Aprobado el real decreto para la mejora de la eficiencia energética en empresas

 In Ahorro de energía, Auditoría energética, Eficiencia energética

El pasado viernes 12 de febrero de 2016, se aprobó finalmente una transposición parcial de la directiva europea 2012/27/UE, relativa a la eficiencia energética, en lo referente a auditorías energéticas, acreditación de proveedores de servicios y auditores energéticos y promoción de la eficiencia del suministro de energía.

A nuestro entender ha sido un gran paso hacia la mejora de la eficiencia energética de las grandes empresas, a las que se les obliga a la realización de una auditoría energética en un plazo de 9 meses (hasta el 13 de noviembre de 2016), y a repetirla cada 4 años, con el fin de cumplir los objetivos de Bruselas de lograr un ahorro del 20% de la energía primaria en la Unión Europea para el 2020. Para el resto de empresas como Pymes o microempresas, dicha obligación no les afecta, aunque siempre podrían realizar una auditoría voluntaria.

Las empresas que ya dispongan de un sistema de gestión energética implantado y certificado por una entidad independiente, cumplirá con el nuevo RD al haberse visto obligada a realizar una auditoría energética para implantar dicho sistema. En cualquier caso, el alcance de dicha auditoría debe ser como mínimo del 85% de la energía final consumida por el cliente (electricidad, combustibles, etc.).

Asimismo, los certificados de eficiencia energética realizados sobre la parte edificatoria correspondiente pueden ser incluidos en dicha auditoría, siempre y cuando incluyan recomendaciones para la mejora de la eficiencia energética.

Una vez realizada la auditoría, esta deberá ser registrada en un registro público y gratuito del estado, a través del órgano competente de la comunidad autónoma.

 

Otro punto importante de este RD es el apartado relacionado con la puesta en marcha de un sistema de acreditación de empresas de servicios energéticos y de auditores energéticos, que en nuestro caso cumplimos al ser una empresa compuesta por ingenieros y arquitectos titulados, que cuenta con los medios técnicos apropiados, y cumple con el resto de obligaciones legales. En el mismo habrá que solicitar el registro de la empresa al IDAE mediante de una declaración responsable, gestionada a través del órgano competente de la comunidad autónoma.

 

Como hemos mencionado en la cabecera del artículo, la transposición de la normativa europea ha sido parcial, ya que en la original también se instaba a mejorar la eficiencia energética de las comunidades de propietarios con instalaciones centralizadas de calefacción y/o agua caliente sanitaria, a través de la contabilización individual de consumos energéticos. Desde BS Asesores Energéticos creemos que se ha desaprovechado una gran oportunidad para implantar sistemas que hubiesen generado un gran ahorro económico en los ciudadanos, así como la mejora del confort de sus viviendas. Y sin explicación oficial a la omisión de esta parte tan importante.

 

Esperamos que os haya resultado interesante, ponemos a vuestra disposición toda nuestra gama de servicios de asesoría energética para ayudaros a conseguir los objetivos marcados.

Un saludo.

 

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